domingo, 20 de diciembre de 2015

QUE ES EL PARLAMENTO COMUNAL Y QUE PUEDE HACER?


El 5 de enero de 2011, durante la instalación de la Asamblea Nacional que fue electa el año anterior, el diputado Soto Rojas, designado Presidente de esa Asamblea, terminó su juramentoseñalando que “trabajaré sin descanso para que esta Asamblea Nacional se transforme en asamblea popular“. Es decir: en una Asamblea del llamado “Poder Popular”.
Casi cinco años después, el 15 de diciembre de 2015, el diputado Cabello, Presidente de esa Asamblea Nacional, declaró instalado el “Parlamento Comunal Nacional”. Para el Presidente de la Asamblea Nacional “no hay otra forma de organización más pura que las comunas”.
¿Pero qué puede hacer el Parlamento Comunal Nacional?
En realidad, el Parlamento Comunal Nacional no es una figura creada en la Ley y por ello no puede adoptar ninguna decisión jurídicamente relevante. Sin embargo, conviene prestar mucha atención a esta figura.
Entendiendo el Estado Comunal
Para poder explicar el significado de ese Parlamento Comunal Nacional, es necesario analizar el Estado Comunal, que está organizado en las llamadas “Leyes del Poder Popular”.
El Poder Popular es el ejercicio directo de la soberanía por las comunidades organizadas. Sin embargo, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Popular, sólo se reconoce como comunidad a aquella organizada por el Gobierno Nacional, cuyo único propósito es la promoción del socialismo.
La organización básica del Poder Popular es el consejo comunal, cuyo ámbito de actuación es la comunidad. Para espacios geográficos más amplios se organiza la comuna.
La comuna es, así, una expresión del Poder Popular que repite la organización del Estado. Entonces, así como en el Estado hay una Asamblea Nacional, en la comuna hay un parlamento. De acuerdo con la Ley Orgánica de las Comunas, el parlamento comunal es la “máxima instancia del autogobierno en la comuna” y sus decisiones se expresan “mediante la aprobación de normativas para la regulación de la vida social y comunitaria“.
Ese Estado Comunal, como Estado paralelo, viola la Constitución por muchas razones, de las cuales sólo expondré una: el Estado Comunal es la negación del derecho a la libre participación ciudadana. Pues en el Estado Comunal el ciudadano sólo puede participar a través de instancias organizadas por el Gobierno nacional para cumplir con el socialismo.
El Estado Comunal, el pueblo y el voto
En el elaborado y manipulado lenguaje del Estado Comunal hay una clara contradicción entre el Poder Popular y el voto.
Así, para el Estado Comunal el pueblo se expresa a través del Poder Popular, como ejercicio directo de la soberanía. Por el contrario, el voto como instrumento de la democracia representativa es considerado una figura propia del “Estado Burgués” que debe ser demolido, como recientemente fue recordado.
Por ello, en el Estado Comunal no hay voto ni representantes, sino “voceros”. Así se organizan los consejos comunales, las comunas y el parlamento comunal.
¿Existe el Parlamento Comunal Nacional?
El Parlamento Comunal Nacional “instalado” por el Presidente de la Asamblea Nacional no existe en Ley alguna. Lo que existe es, como vimos, el parlamento comunal que actúa en cada comuna.
Sin embargo, la idea no es nueva. Asumiendo que el “verdadero poder” reside en el Poder Popular —y no en los representantes electos mediante el voto— la existencia del Parlamento Comunal Nacional puede entenderse, simplemente, como una figura paralela a la Asamblea Nacional.
De esa manera, ese Parlamento estaría conformado por los voceros de las comunas, en una estructura piramidal muy parecida a la que rigió a los soviets en la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. También, un modelo similar al que rige en Corea del Norte, como expliqué en Prodavinci.
Así que podemos esperar que la intención de la saliente Asamblea Nacional sea organizar este Parlamento Comunal Nacional como expresión agregada de las comunas, aun cuando no exista una Ley que lo organice. Por supuesto, tampoco sería de extrañar que, en los últimos días de su mandato, la Asamblea Nacional dicte la Ley que organice a ese Parlamento Comunal.
¿Y qué puede hacer el Parlamento Comunal Nacional?
El Parlamento Comunal Nacional no puede adoptar ninguna decisión jurídicamente relevante, sencillamente, por cuanto no es una figura con existencia legal.
Sin embargo, la intención podría ser convertir a ese Parlamento en la “legítima asamblea” que reúna a la soberanía nacional, en contraposición a la Asamblea Nacional, que es producto de una democracia representativa considerada contraria a los objetivos del Estado Comunal.
Con una clara manipulación del lenguaje, entonces, el pueblo no actuaría por medio de la Asamblea Nacional sino a través del Parlamento Comunal Nacional, el cual podría ejercer —en el marco de la posible Ley que sea dictada— competencias propias de la Asamblea Nacional.
Todo ello sería una directa violación a la Constitución —que reconoce el valor del sufragio como expresión de la soberanía popular— y además, sería un claro desconocimiento al resultado de las elecciones del 6 de diciembre.
La manipulación del lenguaje pretende hacer ver, así, que el pueblo actúa a través del Parlamento Comunal Nacional, cuando lo cierto es que la expresión legítima del pueblo ya se manifestó el 6 de diciembre con la elección de la Asamblea Nacional.

En pocas palabras: el intento de crear el Parlamento Comunal Nacional sería una forma de desconocer el resultado de la soberanía popular expresada el 6 de diciembre