jueves, 24 de septiembre de 2026

LA FRAGILIDAD DEL ACUERDO PETROLERO. ( REVISTA SIC ).


 

La fragilidad del Acuerdo Petrolero:Inversión,institucionalidad y la reconstrucción económica de Venezuela

La fragilidad del Acuerdo Petrolero:Inversión,institucionalidad y la reconstrucción económica de Venezuela

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Por Carlos Torrealba

septiembre 13, 2026

  1. El punto de partida: ¿Por qué necesitamos inversión y con quién?

​Venezuela se encuentra en un momento decisivo de su historia económica. Para reactivar el país, recuperar los servicios públicos y generar empleo, se necesitan inversiones gigantescas. Tras años de parálisis, falta de mantenimiento y deterioro de las instalaciones, la industria petrolera sigue siendo la principal palanca para financiar nuestra reconstrucción y abrir paso a una economía moderna y diversificada. 

​Por razones operativas y geográficas, Estados Unidos es el comprador natural del petróleo venezolano. Las refinerías del Golfo de México fueron diseñadas técnicamente para procesar el crudo pesado y extrapesado que sale de nuestro suelo. Por lo tanto, restablecer un comercio fluido y estable entre ambos países no es un asunto en discusión; es una necesidad lógica para ambas partes. 

​Sin embargo, el Acuerdo Petrolero anunciado a finales de agosto de 2026 entre la Casa Blanca y las autoridades interinas de Venezuela plantea serias dudas sobre su estabilidad en el tiempo. La razón de fondo es muy sencilla: los grandes capitales de las empresas internacionales no invierten -ni mantendrán su dinero- en países que no ofrezcan reglas de juego claras, transparentes y duraderas que protejan su patrimonio.

​Este artículo analiza en detalle qué propone realmente ese acuerdo, cuáles son sus debilidades económicas y técnicas, y por qué un pacto construido sobre la prisa política corre el riesgo de convertirse en un arreglo pasajero y desfavorable, en lugar de ser el motor de la recuperación nacional. 

  • ¿Qué establece el Acuerdo de Agosto de 2026 y qué nos promete?

​El esquema firmado en agosto propone cambiar radicalmente la forma en que hemos manejado el petróleo en Venezuela. En lugar del monopolio del Estado, se busca otorgar la gestión a un operador privado controlado bajo tutela externa. 

​La pieza central de este modelo es una empresa privada llamada North American Blue Energy Partners (NABEP), a la que se le asigna el desarrollo y la transferencia de derechos sobre 17 campos petroleros estratégicos. Estos campos contienen una riqueza inmensa: aproximadamente 65.000 millones de barriles de reservas probadas bajo tierra. 

​

En el papel, las metas del acuerdo son muy ambiciosas: 

  • ​En primer lugar, proyecta una intención de inversión que podría alcanzar hasta los 100.000 millones de dólares para reparar infraestructura y pozos.
  • En segundo lugar, busca llevar la producción de petróleo hasta los 1,5 millones de barriles diarios en el mediano y largo plazo. En tercer lugar, las estimaciones oficiales afirman que el Estado venezolano podría recaudar hasta 200.000 millones de dólares en impuestos y regalías durante un período de 25 años. 

​A primera vista, estas cifras suenan rescatables para la economía nacional. Sin embargo, cuando se examina la letra pequeña del contrato, aparecen serias asimetrías que comprometen los ingresos del país. 

  • La letra pequeña: Desventajas comerciales e ingresos sacrificados

​La viabilidad económica de cualquier contrato petrolero depende de cómo se vende el producto y quién se queda con la ganancia. En este aspecto, las condiciones pactadas resultan desfavorables para Venezuela en dos puntos clave: 

​El primer punto crítico es la venta a costo. El acuerdo establece que el Departamento de Estado de los Estados Unidos tiene el derecho de comprar el 20% de todo el petróleo producido a precio de costo de producción. Esto significa que, sobre una quinta parte de todo el crudo extraído, Venezuela no obtendrá ninguna ganancia comercial. Si bien esto representa un gran beneficio de abastecimiento barato para Washington, le quita al Fisco venezolano una fuente crucial de ingresos marginales. 

​El segundo punto crítico es el derecho de prioridad de compra. El 80% restante de la producción queda reservado con prioridad para abastecer la Reserva Estratégica de Petróleo de Estados Unidos. Al darle prioridad absoluta a un solo comprador, Venezuela pierde la capacidad de colocar su petróleo en el mercado internacional mediante licitaciones abiertas que permitan vender al mejor postor. Al limitar la competencia entre compradores, se pierde poder para negociar mejores precios. 

​A todo esto se suma la realidad de las instalaciones: los campos petroleros recibidos están profundamente deteriorados. Antes de ver ganancias reales, la operación exigirá gastar sumas multimillonarias en reparaciones urgentes, lo que postergará la llegada de beneficios económicos sustanciales para las arcas públicas.

  • Control corporativo, geopolítica y el cambio de rol en PDVSA

​El Acuerdo de Agosto va mucho más allá de un simple contrato de compra y venta de petróleo; se trata de una estructura donde el control operativo y directivo queda concentrado en manos extranjeras. 

​Dentro de la estructura directiva de la empresa operadora (NABEP), la agencia gubernamental estadounidense Office of Strategic Capital tendrá la facultad de vetar nombramientos clave en la junta directiva. Además, se exige que la mayoría de los directores sean ciudadanos estadounidenses, se establece un 35% de participación accionaria de la matriz y se estipula que cualquier disputa legal se resolverá en tribunales de Estados Unidos. 

​En el plano geopolítico, el objetivo del pacto es evidente: desplazar a las empresas de países como China, Rusia e Irán que habían ganado espacio en los últimos años. Con este acuerdo, Estados Unidos se posiciona como el actor financiero, tecnológico y comercial dominante en el sector energético venezolano. Sin embargo, el traspaso de los 14 nuevos contratos asumidos bajo la plataforma de NABEP abre la puerta a reclamos y pleitos judiciales internacionales por parte de las empresas desplazadas o acreedores con deudas pendientes. 

​Frente a esta nueva arquitectura, el papel de Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) sufre una transformación profunda: Tradicionalmente, PDVSA operaba como un monopolio que decidía dónde invertir, qué campos explotar y a quién venderle. Con el nuevo esquema, pasa a ser un socio minoritario y un ente administrativo. Su función queda reducida a mantener formalmente la propiedad del subsuelo, tramitar permisos y recibir de forma pasiva la parte de los impuestos que le corresponda, dependiendo siempre de las auditorías de costos que presente la empresa privada estadounidense.

  • Los obstáculos técnicos en el terreno y el problema de las reglas de juego

​Llegar a la meta de producir 1,5 millones de barriles diarios no es un problema de promesas firmadas, sino de realidades en el terreno. La industria petrolera venezolana enfrenta hoy cuellos de botella técnicos de enorme magnitud: 

  • ​En primer lugar, el sistema eléctrico nacional y las instalaciones de los puertos están severamente deteriorados, lo que impide mover y exportar grandes volúmenes de petróleo de forma rápida.
  • En segundo lugar, existe una escasez crítica de equipos especializados, como taladros de perforación y maquinaria de mantenimiento, sumada a la pérdida de personal técnico calificado. 
  • ​En tercer lugar está el problema de los diluyentes. El petróleo de la Faja del Orinoco es muy espeso y pesado; para poder moverlo por las tuberías y procesarlo, se requiere mezclarlo constantemente con productos más livianos, como la nafta. Sin una importación continua y garantizada de estos diluyentes, la producción masiva se detiene por completo. 

​El contraste con otras regiones y las dudas legales

​Para entender la fragilidad del acuerdo, resulta útil comparar nuestra situación con la del mundo árabe. Países como las monarquías del Golfo Pérsico no tienen sistemas democráticos ni elecciones competitivas. Sin embargo, poseen una continuidad institucional total. El Estado y la familia gobernante operan como una sola entidad, ofreciendo un entorno contractual seguro y predecible. El inversionista extranjero sabe que los contratos se respetarán y que las disputas se resolverán en tribunales arbitrales internacionales blindados de los vaivenes políticos.

​Venezuela, lamentablemente, no ofrece hoy ni una democracia plenamente consolidada ni reglas contractuales claras, sumergiéndose en una inestabilidad que ahuyenta a las empresas serias de largo plazo. 

​Además, el acuerdo firmado plantea serios dilemas constitucionales:

​El Artículo 12 de nuestra Constitución establece que los yacimientos de hidrocarburos son bienes del dominio público, inalienables e imprescriptibles. Por su parte, el Artículo 303 resguarda el control del Estado sobre la casa matriz de PDVSA. Entregar el control de la producción y la comercialización exclusiva a entidades privadas extranjeras genera un choque directo con las leyes venezolanas. 

​Asimismo, existen contradicciones evidentes en los plazos: mientras voceros en Washington hablan de concesiones de hasta 100 años, las autoridades locales mencionan plazos de 25 años. Tampoco se han hecho públicos los textos completos de los contratos, los mecanismos de revisión de costos ni las fórmulas exactas de impuestos. Finalmente, el esquema depende de licencias temporales emitidas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de Estados Unidos, las cuales pueden ser modificadas o anuladas en cualquier momento según los giros políticos en Washington.

  • El cálculo político de Washington y las perspectivas a futuro

​El diseño de este pacto evidencia una mirada de corto alcance por parte de la política exterior estadounidense. La Casa Blanca ha buscado anotarse un logro rápido en materia energética para compensar problemas internacionales y fortalecer su posición política de cara a las elecciones legislativas de medio término de este mes de noviembre, donde arriesga escaños clave en el Congreso. 

​Las grandes corporaciones petroleras del mundo conocen bien estas dinámicas. Salvo excepciones puntuales como Chevron -que prevé invertir más de 7.000 millones de dólares para elevar su producción a 600.000 barriles diarios apoyándose en su presencia previa-, la mayoría de los inversionistas serios sabe que un acuerdo firmado en condiciones de debilidad e inestabilidad será revisado o modificado cuando el país recupere su cauce democrático. 

​Al evaluar las posibilidades de éxito de este acuerdo en el tiempo, el panorama se divide claramente: 

  • ​En el corto plazo (de 6 a 24 meses), las probabilidades de éxito son moderadas o bajas. Se podrá lograr alguna estabilización en pozos activos, pero la falta de electricidad, equipos, licencias estables y diluyentes frenará un crecimiento significativo.
  • ​En el mediano plazo (de 2 a 5 años), la probabilidad de avance es moderada, dependiendo de si se ejecutan inversiones reales en infraestructura y se logra un marco legal más sólido. 
  • ​En el largo plazo (de 5 a 25 años), la viabilidad del acuerdo es altamente incierta. Ningún proyecto petrolero de un cuarto de siglo puede sostenerse sin la validación de un gobierno legítimo, respaldado por la voluntad popular y con contratos transparentes.
  • Conclusión: Las bases para una verdadera recuperación

​El Acuerdo Petrolero de Agosto de 2026 no debe medirse por anuncios de prensa ni por números impresos en un papel. Su verdadero valor debe juzgarse por resultados concretos: barriles adicionales saliendo efectivamente de los puertos, inversiones reales ejecutadas en el país, suministro garantizado de diluyentes, ingresos transparentes para el Estado y protección del medio ambiente. Tener petróleo bajo tierra no sirve de nada si no se puede extraer de manera eficiente, justa y rentable. 

​Para que el petróleo vuelva a ser una bendición y el motor del desarrollo nacional, la política energética de Venezuela debe sostenerse sobre tres pilares fundamentales:

​El primer pilar es la seguridad jurídica y las reglas claras. Necesitamos leyes estables que protejan la inversión privada sin renunciar a nuestra soberanía ni violar la Constitución. 

​El segundo pilar es la transparencia y la auditoría. Todos los contratos, ventas y costos deben ser públicos y fiscalizados, garantizando que la renta petrolera beneficie equitativamente a todos los venezolanos. 

​El tercer pilar es la legitimidad democrática. Los acuerdos a largo plazo deben ser respaldados e instituidos por autoridades electas democráticamente, garantizando el reconocimiento y el blindaje internacional que solo da la soberanía popular. 

​Venezuela dejará atrás esta etapa de fragilidad. Cuando recobremos plenamente la normalidad institucional, el país volverá a negociar de forma soberana con Estados Unidos y con el resto del mundo. Lo haremos en igualdad de condiciones, bajo el principio del respeto mutuo y buscando acuerdos de ganar-ganar que aseguren el bienestar de nuestra gente y la protección de nuestro patrimonio.

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Carlos Torrealba

Economista. Secretario Ejecutivo de la Fundación Plan Estratégico de Caracas | @carlostorrealbarangel.

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sábado, 19 de septiembre de 2026

EL VERDADERO PROPÓSITO DE LA INTERVENCIÓN DE EE.UU. EN VENEZUELA.


 

EL VERDADERO PROPÓSITO DE LA INTERVENCIÓN DE EE.UU. EN VENEZUELA. ( CONVERSANDO CON PERPLEXITY ).


elkabudari : Estados unidos intervino militarmente en Venezuela el 3 de enero de 2026 y extrajo a Nicolás Maduro y lo llevo a territorio norteamericano para un juicio por distintos delitos, ahora bien, la pregunta es la siguiente en función del contexto anteriormente descrito: esa intervención se basa en la Nueva Política de Seguridad Nacional promulgada en diciembre de 2025 ? En ese operativo se aplican los manuales ADP del ejercicio norteamericano ? Esa intervención en realidad es para asegurar los recursos energéticos que posee Venezuela y necesita EE.UU. ?    Gracias


PERPLEXITY: La intervención militar estadounidense del 3 de enero de 2026 en Venezuela —denominada «Operación Resolución Absoluta»— se enmarca explícitamente en la Estrategia de Seguridad Nacional (NSS) de noviembre/diciembre de 2025, que reorienta la política exterior de EE. UU. hacia el hemisferio occidental bajo un «Corolario Trump» de la Doctrina Monroe.  Respecto a los manuales ADP (Army Doctrine Publications), la operación combinó inteligencia, guerra electrónica, apoyo aéreo cercano y una incursión de fuerzas especiales (Delta Force + 160.º SOAR), lo cual es coherente con la doctrina conjunta y del Ejército de EE. UU. (p. ej., ADP 3-0 Operaciones, ADP 3-05 Operaciones Especiales, ADP 3-09 Fuegos), aunque los comunicados oficiales no citan textualmente esos manuales.  Sobre la motivación energética: múltiples análisis y declaraciones posteriores señalan que, más allá de los cargos por narcoterrorismo, la operación abrió el camino a un acuerdo petrolero histórico (septiembre 2026) que otorga a EE. UU. control operativo sobre ~65 mil millones de barriles (≈20% de las reservas venezolanas), lo que sugiere que la seguridad energética fue un objetivo estratégico de fondo.�

1) ¿Se basa en la Nueva Política/Estrategia de Seguridad Nacional de diciembre 2025?

Sí, y de forma explícita. La NSS 2025 (documento de 33 páginas) establece como prioridad el hemisferio occidental, reintroduce un enfoque de preeminencia regional («Corolario Trump» a la Doctrina Monroe) y define amenazas clave como migración, crimen transnacional (narcotráfico) y competencia de actores no hemisféricos (China, Rusia, Irán).  El texto dispone:�

Reajustar presencia militar global para abordar amenazas urgentes en el hemisferio.

Usar la Guardia Costera y la Marina para controlar rutas, frustrar migración ilegal y reducir tráfico de drogas.

Despliegues selectivos para «derrotar cárteles», incluyendo «uso de fuerza letal» cuando sea necesario.

Asegurar o ampliar acceso en ubicaciones estratégicamente importantes.�

Analistas describen la operación del 3 de enero como «una clara manifestación de la reciente estrategia de seguridad nacional» y del relanzamiento de la Doctrina Monroe en el hemisferio.  Además, la justificación oficial de Washington fue la lucha contra el «narcoterrorismo» y el crimen transnacional, encajando con los ejes de la NSS.�

2) ¿Se aplican los manuales ADP del Ejército de EE. UU. en esa operativa?

La descripción operativa coincide con la doctrina militar estadounidense, aunque no hay una mención pública de «ADP X» en los comunicados:

Tipo de operación: incursión de acción directa, asalto aéreo, apoyo aéreo cercano, extracción de alto valor.�

Fuerzas empleadas: Delta Force (~200 efectivos), 160.º SOAR (helicópteros MH-60/MH-47), paquete de supremacía aérea (F-35, F-22, F/A-18, EA-18G, B-1B), inteligencia/vigilancia (RC-135, E-2, E-3, RQ-170), y guerra electrónica para neutralizar mando y control.�

Doctrina afín: esto se alinea con ADP 3-0 (Operaciones), ADP 3-05 (Operaciones Especiales), ADP 3-09 (Fuegos), ADP 3-37 (Protección) y la doctrina conjunta de operaciones especiales (JSOU/JP 3-05), que prevén integración de inteligencia, supresión de defensas aéreas, fuego de precisión y extracción rápida.�

En resumen: la ejecución refleja los principios de los manuales ADP y la doctrina conjunta, aunque la administración no los citó nominalmente en sus anuncios.

3) ¿La intervención busca asegurar recursos energéticos que EE. UU. necesita?

Existe evidencia sólida de que la seguridad energética fue un motor estratégico, aunque la justificación inmediata fue judicial (narcoterrorismo):

Contexto previo: desde 2025 EE. UU. intensificó interdicción naval contra buques con crudo venezolano y, al mismo tiempo, expresó interés en la «recuperación y reconstrucción» de la industria petrolera venezolana con inversión privada una vez hubiera estabilidad.�

Declaraciones y acuerdos posteriores: en septiembre de 2026, el secretario de Energía Chris Wright supervisó en Caracas acuerdos con Chevron y Eni tras un pacto que otorga a EE. UU. control del 20% de las reservas venezolanas.�

Detalles del acuerdo: EE. UU. asegura acceso privilegiado a ~65.000 millones de barriles en 17 bloques, con concesiones por 100 años operadas a través de North American Blue Energy Partners (NABEP), y participación del Pentágono en la nueva estructura empresarial.�

Motivación declarada: reabastecer la Reserva Estratégica de Petróleo (SPR), reducir dependencia de Medio Oriente y blindar el suministro ante crisis (p. ej., guerra de Irán).�

Por tanto, aunque el discurso oficial priorizó la lucha antidrogas y la rendición de cuentas, la arquitectura posterior (acuerdos, control operativo, SPR) indica que la intervención también sirvió para asegurar recursos energéticos estratégicos para EE. UU.�

Matices importantes

Legalidad internacional: múltiples organismos y editoriales calificaron la acción como uso ilegal de la fuerza según la Carta de la ONU, al no mediar ataque armado contra EE. UU. ni mandato del Consejo de Seguridad.�

Complicidades internas: investigaciones periodísticas señalan que funcionarios venezolanos facilitaron la entrega de Maduro, lo que hizo viable la operación «quirúrgica».�

Impacto político: tras la captura, Delcy Rodríguez asumió como «presidenta encargada», se reabrieron canales diplomáticos y se relajaron sanciones energéticas, sentando las bases del acuerdo petrolero de 2026.�

PERPLEXITY: Si quieres, puedo preparar un esquema cronológico (agosto 2025 → enero 2026 → septiembre 2026) que muestre cómo la NSS 2025, la operación y el acuerdo petrolero se encadenan paso a paso.


elkabudari: por favor, presenta el esquema cronológico al cual haces referencia.


Aquí tienes el esquema cronológico paso a paso que conecta la Estrategia de Seguridad Nacional (nov-dic 2025), la intervención del 3 de enero de 2026 y el acuerdo energético de agosto-septiembre 2026.�

2024 — Antecedentes políticos y judiciales

28 jul 2024: Elecciones presidenciales en Venezuela; Maduro declara victoria, la oposición y varios países cuestionan los resultados.�

2 sep 2024: EE. UU. confisca el avión oficial de Maduro bajo sanciones vigentes.�

19 sep 2024: Parlamento Europeo reconoce a Edmundo González Urrutia como presidente electo.�

24 oct 2024: Putin afirma que Maduro ganó; se consolida la fractura internacional.�

2025 — Escalada militar y doctrina de seguridad

10 ene 2025: Maduro jura para un tercer mandato.�

Abr 2025: Maduro decreta emergencia económica; acusa endurecimiento de sanciones y política arancelaria de EE. UU.�

28 jul 2025: Chavismo amplía dominio en alcaldías tras elecciones municipales cuestionadas.�

7 ago 2025: Fiscalía General de EE. UU. ofrece US$50 millones por información que lleve al arresto de Maduro.�

19 ago 2025: EE. UU. desplaza >4.000 efectivos al Caribe cerca de Venezuela (Operación Lanza del Sur).�

2 sep 2025: Primer ataque de EE. UU. a embarcación en el Caribe; Washington anuncia campaña antidrogas que, a 2 ene 2026, habría destruido ~35–40 embarcaciones y causado >100 muertos según recuentos de prensa.�

11 nov 2025: Maduro crea «comandos de defensa integral» ante «amenaza» de intervención.�

24 nov 2025: EE. UU. designa al Cartel de los Soles como organización terrorista; Maduro lo rechaza como pretexto.�

29 nov 2025: Trump advierte que el espacio aéreo de Venezuela podría cerrarse totalmente.�

10 dic 2025: EE. UU. intercepta y confisca un petrolero frente a costas venezolanas.�

16 dic 2025: Trump ordena bloqueo total de petroleros sancionados que entren/salgan de Venezuela.�

Nov–Dic 2025: Casa Blanca publica la Estrategia de Seguridad Nacional (NSS) 2025 (documento de 33 páginas), con énfasis en el hemisferio, migración, crimen transnacional y «Corolario Trump» a la Doctrina Monroe.�

2026 — Intervención, sucesión y ruta judicial

3 ene 2026 (madrugada): EE. UU. ejecuta «Operación Resolución Absoluta»: bombardeos en Caracas, Miranda y La Guaira; captura de Maduro y Cilia Flores en Fuerte Tiuna; traslado a Nueva York.�

3 ene 2026 (tarde): Aterrizaje en base Stewart (NY); Maduro ingresa a detención federal.�

5 ene 2026: Delcy Rodríguez jura como presidenta encargada tras declaración de «falta temporal» por el TSJ.�

19 feb 2026: Asamblea Nacional aprueba Ley de Amnistía; excarcelan al menos 110 presos políticos.�

30 mar 2026: Reapertura de embajada de EE. UU. en Caracas; relajación parcial de sanciones petroleras.�

23 abr 2026: Rodríguez anuncia fin de aplicación de la Ley de Amnistía; ONG reportan aún cientos de presos políticos.�

3 jul 2026: Expira el plazo máximo constitucional (180 días) para «falta temporal»; constitucionalistas señalan vacío de cobertura expresa para el mandato de Rodríguez.�

22 jul 2026: Juez federal Alvin Hellerstein fija inicio del juicio contra Maduro para 1 jun 2027; vista de mociones previas (inmunidad) el 17 nov 2026.�

2026 — Acuerdo energético y consolidación del objetivo estratégico

29 ago 2026: Se anuncia macroacuerdo petrolero EE. UU.–Venezuela: compañías estadounidenses obtienen control operativo mayoritario de >20% de reservas (~65.000 millones de barriles en 17 campos), con inversión extranjera >US$100.000 millones.

1–5 sep 2026: Secretario de Energía Chris Wright supervisa en Caracas firma de acuerdos con Chevron, Eni y otras; se crea estructura con participación de NABEP y se mencionan concesiones de hasta 100 años.

Sep 2026: Producción venezolana sube a 1,23 millones de bpd (máximo desde feb 2019); se reforma Ley Orgánica de Hidrocarburos para dar seguridad jurídica a capital extranjero y reducir monopolio de PDVSA.

Contexto geopolítico: Acuerdo impulsado por crisis global (guerra de Irán, bloqueo en Ormuz), caída de la Reserva Estratégica de Petróleo de EE. UU. al 41% y presión inflacionista por energía; Washington busca estabilizar mercados y asegurar suministro hemisférico.

Cómo se encadenan NSS → Intervención → Energía

NSS 2025 define prioridades hemisféricas, crimen transnacional y uso de fuerza letal selectiva; crea el marco político-militar para actuar.�

3 ene 2026 materializa esa doctrina con una operación de acción directa contra la cúpula venezolana, justificada como lucha contra narcoterrorismo.�

Ago–sep 2026 cierra el círculo estratégico con un acuerdo que otorga a EE. UU. acceso privilegiado a reservas venezolanas, cumpliendo objetivos de seguridad energética planteados implícitamente en la reorientación hemisférica.

Si quieres, puedo convertir este esquema en una línea de tiempo visual (por meses) o añadir hitos diplomáticos (ONU, OEA, posiciones de Brasil/México/Colombia) para ver cómo evolucionó el respaldo o rechazo regional.


NOTA : ESTA INTERACCIÓN CON LA IA PERPLEXITY FUE REALIZADA EL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2026.

sábado, 12 de septiembre de 2026

EL GRAN ROBO DEL PETRÓLEO VENEZOLANO.

 


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